Ha pasado casi desapercibido y va a afectar a miles de hogares: tras la caza de piscinas no declaradas, Hacienda pasa a la siguiente etapa. De aquí a finales de 2025, las “zonas no declaradas” alrededor de las casas - esos m² que se olvidan o que uno no sabe bien cómo declarar - serán examinados minuciosamente. Porches, cocheras, cobertizos de jardín, pequeñas ampliaciones... todo lo que modifique el valor de una vivienda entra oficialmente en el radar.
En la urbanización, todos conocemos ese silencio que surge cuando alguien mide una verja o fotografía un tejado. Un vecino cerró la cristalera, otro fingió barrer. Todos hemos vivido ese momento en el que nos preguntamos si “eso”, ahí, al fondo del jardín, debía haberse declarado. Un cobertizo convertido en taller, una pérgola transformada en sala de verano real.
Al día siguiente, un correo de Hacienda llegó a varios buzones. Sobrio, casi cordial. Pero claro.
Una frase, breve, acertó de lleno. Es oficial.
Tras las piscinas, ahora tocan anexos y ampliaciones
Hacienda ha modernizado sus herramientas, y no es ningún secreto. Tras detectar piscinas mediante vistas aéreas y cruces de datos, el sistema ahora apunta a “superficies anexas” y pequeñas construcciones que cambian la vida... y el valor catastral de alquiler. La idea es simple: actualizar bases de datos estancadas a veces durante años, y recuperar lo que quedó olvidado, modificado, o mal entendido.
En la vida real, esto se traduce así: un garaje abierto convertido en cochera cubierta, una veranda instalada por piezas, un cobertizo de jardín más grande y robusto de lo previsto. Cosas que parecen insignificantes cuando se montan un fin de semana, pero que cuentan a la hora de calcular impuestos. Entre la foto aérea, los permisos y las declaraciones, el sistema recopila y alerta.
¿Por qué ahora? Porque los ayuntamientos cuentan con el IBI para financiar carreteras, colegios y equipamientos, y miles de metros cuadrados escapaban del radar. El proyecto de detección pública, ya probado con las piscinas, se extiende lógicamente a los anexos “construidos” y a las ampliaciones cerradas y cubiertas. No se mira primero a las terrazas de madera a ras de suelo, sino a lo fijo, duradero y con valor de uso evidente.
Lo que puedes hacer desde hoy
Primer consejo, muy práctico: accede a “Gestionar mis bienes inmobiliarios” en la web de la Agencia Tributaria y compara lo que figura con lo que existe en tu casa. Haz fotos con fecha, guarda las facturas, revisa tu antiguo permiso si lo tienes. Si falta algo, decláralo a través del formulario catastral solicitado por tu oficina, en los 90 días tras acabar la obra si se trata de construcciones nuevas. Este trámite puede darte derecho a una exención temporal en algunos casos.
Mucha gente se equivoca en la frontera entre “cobertizo” y “habitación”. Una estructura abierta puede pasar a ser anexo tributable si es fija, cubierta y permanente. Una veranda, aunque sea ligera, se considera ampliación cerrada. En cambio, una terraza a ras de suelo, descubierta y sin cimientos, no entra en esa categoría. Seamos sinceros: nadie hace esto todos los días. Así que tómate una hora, un café, y revisa tu casa con calma.
Un funcionario de Hacienda nos dijo, sin dramatizar:
“Es mejor una regularización voluntaria que un ajuste tras una inspección. Buscamos coherencia, no sanción.”
Para orientarte, ten a mano esta lista:
- Veranda cerrada y cubierta: declarar como ampliación.
- Cochera/porche fijo al suelo: se suele considerar construcción.
- Cobertizo de jardín de obra, altura útil > 1,80 m: entra en la regulación.
- Garaje transformado en sala de estar: hay que notificarlo.
- Pérgola bioclimática adosada, estructura fija: se estudia caso por caso.
¿Qué cambiará hasta finales de 2025?
El cambio no es solo una cuestión de drones y algoritmos. Es una actualización general que va a reequilibrar barrios enteros, donde algunas casas pagan por metros que otras aún no muestran. Los ayuntamientos ven en ello una justicia fiscal, los propietarios una línea más en la declaración. Entre medias, hay una verdad sencilla: una vivienda que ha evolucionado debe describirse tal como es. *Y, a veces, también es la ocasión de valorar oficialmente lo que has creado en casa.* Lo comentaremos en el mercado, junto a la verja, entre dos plantas de tomate. Porque sí, nos afecta a todos.
| Punto clave | Detalle | Interés para el lector |
| ¿Qué se está revisando? | Anexos construidos, ampliaciones cerradas y cubiertas, estructuras fijas | Saber qué puede influir en el IBI |
| Calendario | Refuerzo de los controles hasta finales de 2025 | Anticiparse y actualizar los datos a tiempo |
| Cómo hacerlo | Comprobar “Gestionar mis bienes inmobiliarios”, declarar los cambios | Evitar ajustes, sanciones y aprovechar exenciones posibles |
FAQ :
- ¿Qué “zonas no declaradas” están en el punto de mira?Todo lo que se asemeje a una construcción permanente: verandas, cocheras, cobertizos de obra, garajes transformados, porches adosados. Las terrazas descubiertas a ras de suelo no cuentan igual.
- ¿Cómo se declara una ampliación o anexo?Accediendo a impots.gouv, apartado “Gestionar mis bienes inmobiliarios”, o en la oficina catastral que te indicará el formulario correspondiente. Declarar en los 90 días tras la obra puede dar acceso a exención temporal.
- ¿Qué pasa si olvido declarar?Ajuste del IBI y posibles recargos. Hacienda prefiere la regularización voluntaria si actualizas los datos antes de una inspección.
- ¿Es tributable una pérgola?Si es fija, cubierta y estructura duradera, puede considerarse construcción. Una estructura ligera, abierta y desmontable no se trata igual.
- ¿Y si el algoritmo se equivoca?Puedes reclamar. Fotos, planos, facturas y descripciones objetivas ayudan a clarificar. La decisión final se basa en la realidad física, no solo en una imagen aérea.
Introducción de unas 150 palabras, escrita como una escena vivida u observación cotidiana. Termina con una frase corta que intrigue.
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y un recuadro
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150 palabras de síntesis abierta, que invite a reflexionar o compartir. Sin fórmula de cierre.
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